Pura Energía
  • Inicio
  • Nosotros
    • ¿Por qué Energía Renovable?
  • Proyectos
  • ¿Cómo Adquirir?
  • PRODUCTOS
  • Contacto
  • Inicio
  • Nosotros
    • ¿Por qué Energía Renovable?
  • Proyectos
  • ¿Cómo Adquirir?
  • PRODUCTOS
  • Contacto

CONCURSO ¡OLVÍDATE DE LOS APAGONES¡ CON PURA ENERGÍA

REGLAS OFICIALES

1. DURACIÓN: Comienza el miércoles, 16 de marzo de 2022 y termina el martes, 20 de diciembre de 2022.
2. CÓMO PARTICIPAR: Al adquirir un equipo de energía renovable con batería Tesla provisto por Pura Energía Inc. durante la fecha indicada anteriormente en la regla #1 esta participando automáticamente. No es necesario comprar o hacer una contraprestación para participar y recibir los premios. Puede participar de la siguiente manera: Durante el periodo de esta promoción, comuníquese con uno de nuestros consultores para la orientación de como participar y para la entrega de las reglas del concurso.  El consultor energético de Pura Energía entregara una boleta de participación en la cual registrara su participación con su nombre, apellidos, fecha de nacimiento, teléfono, correo electrónico y dirección postal. Además, puede participar visitando la oficina central de Pura Energía los lunes de 8am a 9am donde podrá llenar una boleta y registrarse con su nombre, apellidos, fecha de nacimiento, teléfono, correo electrónico y dirección postal. Deberá leer y aceptar los términos y condiciones dispuestos en estas reglas. Límite de una participación por persona, por la duración de la promoción. La información requerida al participar es necesaria para que su participación sea válida. Las probabilidades de ganar dependerán del número de participaciones recibidas.
3. ELEGIBILIDAD: Son elegibles para participar únicamente los individuos, residentes legales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que tengan 21 años o más al momento de la participación, que hayan firmado y cumplido con las reglas aquí establecidas. Las reglas serán firmadas a través de la aplicación DocuSign.
Este sorteo está limitado al área geográfica de Puerto Rico. No podrán participar los empleados y/o contratistas del Promotor, Administrador, ni de sus subsidiarias, compañías afiliadas, agencias de publicidad o relaciones públicas, representantes y entidades relacionadas con el desarrollo, producción o distribución de los materiales de la promoción, así como los familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o segundo grado de afinidad de tales empleados y/o contratistas, además de toda otra persona que resida con ellos.
4. PREMIOS: DOS GANADORES DE: Un (1) Sistema de Energía Renovable de HASTA 15 paneles solares y Una (1) BATERIA TESLA modelo Powerwall II con instalación provista por Pura Energía. De resultar ganador del sorteo y ya usted adquirió su sistema de energía renovable con Pura Energía procederemos abonar el monto del dinero equivalente hasta 15 paneles solares y una batería Tesla Modelo Powerwall II a su balance correspondiente a la fecha del sorteo. El premio no será sustituido, reemplazado o cambiado por dinero. El premio es intransferible, bajo ningún concepto se puede vender, cambiar ni comercializar en un sitio web de subastas ni intercambiar de otro modo por valor sin el consentimiento previo por escrito de Pura Energía.
5. LISTA DE GANADORES: estarán disponibles en las oficinas Pura Energía Inc. localizadas en: Carr #2, Km 124, Bo. Caimital Bajo, Aguadilla, Puerto Rico, 00605.
6. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: El Promotor ni sus entidades afiliadas son responsables por direcciones de correo electrónico o teléfonos incorrectos, o correos electrónicos devueltos o que no lleguen a su destinatario por fallas técnicas más allá del control del Promotor. Las participaciones que sean falsas, fraudulentas o engañosas harán que sus participantes sean inelegibles para participar del sorteo. Toda participación falsificada o que aparente haber sido falsificada, creada mediante programas computarizados o muestre cualquier otro indicio de no ser una solicitud de participación auténtica o aquel individuo que intente dañar o minar la operación legítima del sorteo será descalificado. Los participantes consienten a que su información personal recopilada sea utilizada por el Promotor de acuerdo con su Política de Privacidad disponible en www.puraenergiapr.com, la cual reconocen haber leído y aceptado, y a que pueda ser utilizada por el Administrador únicamente para los propósitos de implementación y administración de este sorteo.
7. SELECCIÓN Y NOTIFICACIÓN: La selección de los ganadores será al azar y se efectuará en las oficinas de Pura Energía, ubicadas en Puerto Rico, ante Notario Público el martes, 10 de enero de 2023 a las 2:00 pm. En esa misma fecha y lugar y siguiendo el mismo procedimiento, se seleccionarán dos (2) ganadores alternos ante la eventualidad de que algún ganador no reclame su premio o sea descalificado. Los ganadores serán notificados mediante teléfono y/o correo electrónico. Tendrá treinta (30) días a partir de la notificación para reclamar su Premio en las oficinas del Administrador, teléfono 787-245-8660 y cuya información se provee en la sección de “Administrador” de estas Reglas. De no reclamar su premio en o antes del término antes indicado o si no cumple con los términos y condiciones establecidos en estas Reglas, se pasará a notificar a un ganador alterno bajo los mismos términos. Como condición a la entrega del premio, los ganadores vendrán obligados a suscribir una Declaración sobre Elegibilidad, Aceptación de Premio, Relevo de Responsabilidad y Relevo para usos publicitarios en su nombre, el de sus herederos y sucesores. Los ganadores aceptan que el Promotor les podrá exigir la documentación y evidencia que a su sola discreción le resulte satisfactoria, para establecer la identidad, edad, residencia legal, previa a la entrega de cualquier premio, incluyendo identificación con foto y firma, vigente y expedida por el Estado. Transcurrido el término para reclamar el Premio, sin que el ganador haya cumplimentado la documentación antes indicada, el Premio se tendrá por renunciado.
8. LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES: Este sorteo está sujeto a todas las leyes y reglamentos, locales y federales aplicables. Si cualquier disposición de estas Reglas o la aplicación de cualquier disposición a cualquier persona o circunstancia fuera declarada inválida, inaplicable o nula, dicha decisión no tendrá el efecto de invalidar o anular el resto de estas Reglas.
9. RELEVO DE RESPONSABILIDAD: Los participantes aceptan acogerse a la estricta aplicación de estas Reglas en todos sus términos y aceptan que toda decisión tomada por el Promotor y sus agentes es final y vinculante, y voluntariamente asumen toda responsabilidad y riesgo por su participación y aceptan: defender, relevar, indemnizar y eximir de responsabilidad al Promotor (colectivamente “Exoneran”), al Administrador, sus matrices, subsidiarias, filiales, afiliadas, agentes, agencias de publicidad y promociones y a sus respectivos oficiales, directores, accionistas, empleados, representantes, agentes y cualquiera otra entidad relacionada directamente con el desarrollo, implementación y/o conducción de este Sorteo (colectivamente “Entidades Relevadas”) de toda y cualquier responsabilidad, demanda, acción, reclamo, querella, accidentes, pérdidas, daños y perjuicios, incluyendo sin implicar limitación por lesión personal (inclusive incapacidad, lucro cesante y muerte) y daños a la propiedad, costo y gastos (inclusive honorarios de abogado) que surjan como resultado de o en conexión con su participación en este Sorteo y/o de las etapas de reclamación, verificación redención, entrega, posesión y uso /o uso del premio, uso de su computadora/equipos para participar o mientras participa de alguna actividad relacionada al Sorteo o al premio; (i) Exoneran a las Entidades Relevadas por cualquier error tipográfico, técnico o humano, incluyendo pero no limitándose a errores de publicidad, imprenta, errores en estas Reglas, en los materiales del Sorteo o por información imprecisa, incompleta, ilegible o incorrecta en la participación que redunde en problemas, errores o demoras de notificación, verificación, publicación del ganador/ premio o en la entrega del premio; (ii) Exoneran a las Entidades Relevadas por cualquier error no intencionado bien sea humano o técnico en la implementación del Sorteo; (iii) Exoneran a las Entidades Relevadas por cualquier error humano o técnico, desperfectos, demoras, fallos, congestión, fraude, intervención no autorizada (incluyendo “hacking”) u otros fallos en las conexiones de red, en las líneas, servidores, líneas, en la Internet, antenas, satélites, teléfonos, en computadora(s), en equipos fijos e inalámbricos, hardware, software, errores de programación, problemas de virus y ‘bugs’ de computadora, u otros defectos o fallos técnicos que resulten en comunicaciones/ notificaciones/ entrega de premios tardíos o que de cualquier otra forma limiten la habilidad del usuario a acceder al Sorteo, a participar en el proceso de inscripción dentro de las fechas/horarios prescritos; o la entrega oportuna de un premio, o que impidan o menoscaben la capacidad de operar toda o alguna porción de este Sorteo. (iv) Exoneran a las Entidades Relevadas por razón de cualquier causa atribuible directa o indirectamente al participante(s), al ganador, o causa de fuerza mayor o fortuita, incluyendo sin implicar limitación, cualquier acción, reglamento, orden o petición por parte de cualquier entidad gubernamental o cuasi-gubernamental (no importa que la acción, reglamento, orden o petición resulte luego ser inválida), fallo de equipo técnico, fuegos, inundaciones, explosiones, condiciones meteorológicas severas, huracanes, disturbios civiles, insurrección, motín, o cualquier otra causa más allá del control razonable de las Entidades Relevadas; (v) Exoneran a las Entidades Relevadas por cualquier demora razonable en la entrega de un premio, sujeto a la reglamentación aplicable; (vi) Aceptan que El Promotor y el Administrador se reservan el derecho a descalificar a cualquier participante que no cumpla con estas Reglas.
10. EXCLUSIONES: La evaluación e instalación del Sistema de Energía Renovable se realizará a base del consumo actual reflejado en la factura de LUMA del ganador y no excederá el consumo equivalente a quince (15) paneles solares. De la residencia del ganador necesitar una cantidad mayor a quince (15) paneles solares para cubrir su consumo, la adquisición e instalación de dichos paneles correrán por cuenta y cargo de la persona ganadora. 
 El ganador entiende y acepta que el PROMOTOR, el ADMINISTRADOR, cualquier empresa o persona relacionada, no serán responsables por la variación en el consumo de energía electrica en la residencia del ganador luego de haberse instalado el sistema de placas solares. La variación de consumo se refiere a aquellas situaciones o eventos que podrían variar el consumo de energía eléctrica en la residencia, las cuales incluyen, pero no se limitan a, la instalación de nuevos equipos en la residencia y cambios en la generación de energía por parte de la AEE o LUMA.
11. DISPONIBILIDAD DE LAS REGLAS: Las reglas de esta promoción están disponibles en puraenergiapr.com o entregadas a la mano por un consultor energético en las oficinas de Pura Energía.
12. PROMOTOR: Pura Energía Inc. con dirección en Carr #2, Km 124, Bo. Caimital Bajo, Aguadilla, Puerto Rico, 00605.
13. ADMINISTRADOR: David Portalatín cuya dirección física es Carr #2 Km 120.4, Aguadilla, Puerto Rico. Puede dirigir cualquier pregunta sobre la implementación de este Sorteo a la atención del Administrador.
14. Todos los ganadores, como requisito de aceptación del premio, deberán firmar una certificación de elegibilidad, recibo y relevo de responsabilidad suscrito de la siguiente manera o su parecido:
“ Yo relevo a Pura Energía, Inc., empleados y demás personas o entidades jurídicas o naturales relacionadas con este concurso de cualquier defecto de manufactura que pudiesen estar presente en los premios. Relevo también en su totalidad y por siempre a las personas o entidades antes mencionadas de reclamaciones por accidentes, querellas, daños o perjuicios de cualquier clase que pudiese ocurrir al utilizar cualquiera de los equipos, vehículos y/o certificados otorgados como premios los cuales tendrán la garantía que les otorgue su fabricante o distribuidor exclusivamente. Certifico, además que soy un participante elegible y que no existe impedimento conforme a las reglas para yo ser un ganador elegible. De lo anterior ser falso, reconozco que el auspiciador de este concurso me requerirá la devolución del premio además de cualquier reembolso monetario para cubrir la pérdida del valor del premio. Cualquier incumplimiento con los requisitos dispuestos para el otorgamiento de los premios anulará el derecho del participante ganador a recibir el premio”.
15. Los ganadores de los premios deberán pasar a recoger los mismos en las Oficinas de  Pura Energía en el  Municipio de Aguadilla. 
16. Al participar en este concurso, los participantes aceptan acogerse a la estricta aplicación de estas reglas en todos sus términos.
17. Pura Energía, Inc. no se hace responsable por nombres y direcciones incompletas, por lo cual se reservan el derecho de descalificar una participación cuya información sea ilegible y no haya sido completada en su totalidad, dado que los ganadores serán notificados de forma oficial por correo certificado con acuse de recibo a la dirección descrita en el boleto.  También será descalificado todo aquel participante que haya utilizado un método no permitido para participar y/o ganar el concurso.
18. En caso de que un ganador resultase premiado en mas de un premio, se le otorgará únicamente el primer premio seleccionado.    
19. Este concurso está sujeto a las leyes y reglamentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y a cualquier reglamento y/o ley federal aplicable
20. OTRAS RESTRICCIONES: Los participantes reconocen que otra restricciones pueden aplicar al presente concurso.
INICIO
NOSOTROS
PRODUCTOS
REGLAS CONCURSO
PROYECTOS
¿CÓMO ADQUIRIR?
PREGUNTAS FRECUENTES
CONTACTO
Copyright © - Al Rights Reserved